21 de agosto 2020

Nueva ley de distribución eléctrica: Descentralización y participación

Mauricio Olivares, Académico USACH, elaboró una columna de opinión en la que analiza el futuro de la regulación del sector eléctrico en Chile.


El ministerio de Energía ingresa al Congreso la reforma del segmento de la distribución eléctrica, ya no como una ley larga, sino como tres proyectos, cada uno apuntando a modificar ámbitos específicos.

El segmento de la distribución, su modelo de remuneración y los servicios que involucran, no ha sido modificado en cuatro décadas. Su adecuada modernización es urgente. Y es que aquí se alojarán los cambios tecnológicos y estructurales del sector: electromovilidad, generación solar distribuida, baterías residenciales e industriales, sistema de control de la demanda, entre otros.

Esta reforma es la puerta a una nueva época del mercado eléctrico, donde el usuario –antes llamado cliente- debe ser la columna vertebral y quien toma las decisiones. En la profundidad de estos cambios es donde se juega el éxito de la reforma.

El primero de los tres proyectos corresponde a la creación del agente de “comercialización”. En simple, implicará que los clientes podrán elegir su proveedor de electricidad, el plazo de sus contratos y el tipo de energía (renovable, por ejemplo). Es lo que hoy existe en el mercado de la telefonía celular, que se liberalizó en los 90’.

La figura del comercializador supone necesariamente la separación de esta actividad del giro de distribución, evitando que se mezclen el mundo monopólico propio de una empresa distribuidora con el mundo competitivo de la oferta de energía a clientes libres.

Un punto crucial para la efectiva separación de estas actividades es cómo la ley manejará la situación actual, en que las empresas distribuidoras podrían comercializar a través de filiales, lo cual implica que en la práctica no existe tal separación, provocando una distorsión en el mercado.

Existe consenso técnico en que la separación sea total y que las empresas distribuidoras sólo se dediquen al negocio monopólico de la operación de sus redes y no a otros mercados que son competitivos.

Así se logra la apertura efectiva del mercado de la comercialización y los usuarios tendrán la mayor cantidad de ofertas posibles para elegir con el mejor proveedor de energía, según sus propios criterios.

La separación de giros e independizar negocios no es algo nuevo. En los noventa las empresas eléctricas estaban integradas en generación y transmisión. El primero, un mercado competitivo y el otro monopólico.

Esta condición cohibía la llegada de nuevos inversionistas, por lo que en el 2005 se publicó la Ley 20.333, que reformuló el segmento de la transmisión, convirtiéndola en giro exclusivo total, obligando a las empresas generadores a separarse de los activos de transmisión.

Hoy tenemos un sistema eléctrico con una alta oferta en generación y se han desarrollado inversiones en transmisión por 4 veces las que existían en 2005. Esto demuestra un caso exitoso de la adecuada separación de actividades y como eso generó un sistema más seguro, barato y a la vez renovable.

Con este éxito en nuestra historia, altas son las expectativas respecto a la nueva ley de distribución: una adecuada separación de las actividades que son propias del giro y cuáles no; competencia en igualdad de condiciones para todos los agentes que quieran participar.

Lo claro es que a mayor competencia el gran beneficiado será el usuario final, apuntando a un nuevo mercado con autos eléctricos, baterías, paneles solares en la casa y donde lo central serán las decisiones de los ciudadanos.

 

 

 

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