Están disponibles para consulta los Términos de Referencia para la Elaboración de las Bases de Licitación para la compra de Capacidad Firme y Energía para los usuarios de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), que corresponde al proceso de licitación LPI N° 100-010-2021 que busca la contratación de 450 MW.
En la Reunión Extraordinaria CREE-Ex-35-2022 del 29 de diciembre del 2022, el Directorio de Comisionados de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) acordó por unanimidad de votos emitir la resolución vinculada a los pliegos de referencia y finalmente esta primera semana de enero fueron publicados abiertamente.
En detalle, se adelanta que los 450 MW a adjudicarse deberán estar en operación comercial dentro del primer trimestre del 2026 como fecha máxima, pudiendo iniciar el suministro a partir del 2023, inclusive de manera parcial. Por lo cual, proyectos renovables de rápido montaje, como la solar fotovoltaica, podrían encontrar su lugar este mismo año.
Ahora bien, desde la ENEE también identifican una necesidad de incorporar otras tecnologías no variables para cubrir sus requerimientos, ya que entre 2020 y 2022 habrían finalizado los contratos de alrededor de 170 MW de capacidad firme.
Entre los objetivos de la licitación abierta que está en puerta se destaca la promoción de la mayor participación de oferentes en el proceso, a fines de garantizar los requerimientos de la ENEE con las ofertas más competitivas del mercado.
Podrán enviar sus propuestas, empresas nacionales o extranjeras que cumplan los requisitos de los Términos de Referencia y próximas Bases de Licitación.
La modalidad de la Licitación será «subasta de hasta cuatro rondas a sobre cerrado». Al respecto, se aclara que las especificaciones técnicas de las ofertas presentadas en la primera ronda no podrán cambiarse en las siguientes. Lo que sí podrá variar son los precios de energía y/o precios de potencia.
¿Cómo es la metodología de rondas sucesivas? Luego de ofertar, en la primera ronda los oferentes recibirán una notificación que podrá calificarlos como «seleccionado» o «no seleccionado», esta denominación será importante ya que en cada categoría se asignará un «porcentaje obligatorio de mejora» para continuar en marcha sin otra información adicional para la confección de las nuevas ofertas siguientes. En la segunda ronda, se evaluarán las ofertas por un «Porcentaje de Mejora de Costo Total» y se continuarán evaluando en nuevas rondas si así es necesario hasta la adjudicación de los más competitivos.
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