El Gobierno de España aprobó el Real Decreto-ley 18/2026, una norma que actualiza el paquete energético lanzado en marzo mediante el Real Decreto-ley 7/2026 para reforzar la seguridad de suministro y acelerar la transición energética en un contexto marcado por la incertidumbre geopolítica derivada del conflicto en Oriente Medio.
Aunque mantiene la hoja de ruta diseñada hace apenas unos meses, el nuevo decreto incorpora modificaciones regulatorias que impactan directamente sobre el desarrollo de las energías renovables, el almacenamiento, las redes eléctricas, la movilidad eléctrica y el marco fiscal del sector. Además, introduce mecanismos automáticos para responder a eventuales repuntes de los precios de la energía y adapta la regulación española al futuro mecanismo de capacidad autorizado recientemente por la Comisión Europea.
En la exposición de motivos, el Ejecutivo sostiene que España afronta la actual crisis desde una posición más favorable que en episodios anteriores gracias al crecimiento de las energías renovables. Según el propio decreto, el mayor peso de la generación eólica y solar redujo considerablemente las horas en las que las centrales de gas fijan el precio del mercado eléctrico, permitiendo que el mercado mayorista registrara precios medios de entre 41 y 54 euros por MWh entre marzo y mayo, por debajo de la media europea.
No obstante, el Gobierno reconoce que la dependencia energética exterior continúa situándose en torno al 67% del consumo total de energía, especialmente fuera del ámbito eléctrico, por lo que considera necesario seguir impulsando la electrificación de la economía y reducir el consumo de combustibles fósiles importados.

En este contexto, el decreto mantiene buena parte de las medidas extraordinarias aprobadas en marzo, pero establece un calendario de retirada progresiva —el denominado phase out— que se extenderá hasta finales de septiembre de 2026.
Las claves del nuevo paquete energético
Este decreto incorpora una cláusula de salvaguarda que permitirá reactivar automáticamente los incentivos fiscales si la inflación energética vuelve a dispararse. En concreto, si los precios de la electricidad, el gas natural, la gasolina o el gasóleo aumentan más de un 15% interanual, volverán a aplicarse de forma automática las rebajas tributarias previstas en el decreto anterior, sin necesidad de aprobar nuevas medidas.
Uno de los capítulos con mayor impacto para el sector energético es el dedicado al despliegue de las energías renovables. El Real Decreto-ley 18/2026 desarrolla los instrumentos creados en marzo para reconocer los proyectos con mayor aceptación social y territorial, permitiendo que el estándar de excelencia para proyectos renovables y el sello de sostenibilidad para el biometano puedan implementarse mediante normas técnicas elaboradas por el organismo nacional de normalización. El objetivo es acelerar su puesta en marcha y facilitar una tramitación más ágil de las nuevas instalaciones.
La norma también endurece las condiciones para conservar los permisos de acceso y conexión a la red. A partir de ahora, los promotores perderán automáticamente dichos permisos cuando el impago de la prestación económica por reserva de capacidad supere el 10% durante un trimestre natural. Asimismo, el decreto incorpora una nueva causa de caducidad para aquellos proyectos que no hayan firmado el contrato técnico de acceso en un plazo máximo de cuatro años, una medida con la que el Ejecutivo busca evitar la especulación con capacidad de red y favorecer el avance de proyectos con mayor grado de madurez.
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El decreto también adapta la legislación española a la futura implantación del mecanismo de capacidad, recientemente autorizado por la Comisión Europea, con el objetivo de garantizar que el sistema disponga de suficiente capacidad de generación, almacenamiento y flexibilidad para responder a la demanda en todo momento.
Cabe recordar que el sector está a la espera de la reglamentación del mercado de capacidad y espera las subastas.Para Roger Pasola Dolader, Head of Public Affairs and Regulation en SSE para España, el escenario más probable sitúa la primera convocatoria a comienzos de 2027, aunque todavía quedan definiciones regulatorias que podrían condicionar los plazos y, sobre todo, las oportunidades para nuevas inversiones en almacenamiento.
“La primera subasta del mercado de capacidad va a ser en 2027, puede ser en enero o podría dilatarse hasta finales de marzo”, afirmó Pasola en diálogo con Energía Estratégica, según el tiempo que aún demandará la aprobación de la normativa pendiente.
Para ello, modifica la Ley del Sector Eléctrico permitiendo, bajo determinadas condiciones que no comprometan la seguridad de suministro, el cierre de instalaciones sin necesidad de un pronunciamiento expreso de la autoridad competente y regula la titularidad de las instalaciones de almacenamiento por bombeo. Mientras que en Canarias estas infraestructuras quedarán en manos del operador del sistema, en la Península, Baleares, Ceuta y Melilla se adjudicarán mediante procedimientos de concurrencia competitiva.
En paralelo, el texto impulsa el almacenamiento con baterías en los sistemas eléctricos no peninsulares al habilitar su utilización para prestar servicios de reserva rodante, reduciendo progresivamente la dependencia de centrales alimentadas con combustibles fósiles. Como incentivo, la Administración podrá reconocer hasta un 25% de la inversión en estos sistemas, mientras que el resto deberá financiarse con recursos propios o fondos europeos. La norma también incorpora un régimen transitorio para la explotación del futuro enlace eléctrico submarino entre la Península y Ceuta, una infraestructura destinada a disminuir el uso de generación fósil en la ciudad autónoma.
Otra de las novedades busca acelerar el desarrollo de las redes eléctricas. En los proyectos de repotenciación de líneas de transporte y distribución únicamente se evaluará el impacto ambiental incremental respecto a la infraestructura existente, siempre que no se modifique el trazado. Además, el decreto introduce nuevas obligaciones para las instalaciones de evacuación compartidas, cuyos titulares deberán garantizar su correcta operación y mantenimiento, así como facilitar información técnica a los gestores de la red para reforzar la coordinación y la seguridad del sistema eléctrico.
En materia de movilidad, el Gobierno endurece las obligaciones para determinadas estaciones de servicio, que deberán incorporar puntos de recarga ultrarrápida de entre 400 y 600 kW para acelerar el despliegue del vehículo eléctrico. Asimismo, refuerza las competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que podrá supervisar los márgenes comerciales de las gasolineras y publicar un listado de aquellas que presenten comportamientos anómalos si no trasladan las rebajas fiscales al precio final de los combustibles.
En el plano tributario, el Real Decreto-ley amplía durante el resto de 2026 el alivio sobre el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE), excluyendo del cálculo del tributo el 30% de los ingresos obtenidos en el tercer trimestre y el 40% de los correspondientes al cuarto. La norma también concede un plazo de tres meses para actualizar los parámetros retributivos de las instalaciones renovables, de cogeneración y de valorización de residuos, adaptándolos a la evolución fiscal prevista.
Por último, el decreto deroga expresamente el artículo 13.6 del Real Decreto-ley 7/2026, el artículo 53.8 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y el capítulo V del título I del Real Decreto-ley 6/2022, con el objetivo de adaptar el marco regulatorio al nuevo mecanismo de capacidad, eliminar duplicidades normativas y preparar la futura regulación de la descarbonización del transporte.


