El 17 de noviembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.118, que introdujo diversas modificaciones a la Ley General de Servicios Eléctricos, con el objeto de incentivar el desarrollo de las generadoras residenciales, incorporando una normativa específica que posibilita la generación de energía eléctrica para autoconsumo y la inyección de los excedentes que se produjeran.
Tiempo después, en atención a las modificaciones incorporadas a la Ley General de Servicios Eléctricos, el Gobierno dictó un reglamento que establece disposiciones aplicables a la generación distribuida para el autoconsumo, en especial, aquellas que se relacionan con el pago de los remanentes que no hayan podido ser descontados de la facturación del Usuario final luego del periodo establecido en el contrato de conexión y de las disposiciones necesarias para implementar el modelo de generación distribuida de propiedad conjunta, también conocido como, generación distribuida comunitaria.
Antes de su aplicación, el Ministerio de Energía presentó un borrador (Descargar) que compartió con las asociaciones y compañías del rubro para que realicen sus sugerencias.
La noticia generó apuro en los industriales, al punto que realizaron varias reuniones para estudiar la normativa. Desde la Asociación Chilena de Energía Solar (ACESOL) lo hicieron una vez más la semana pasada, en sus oficinas de Santiago.
Allí se hizo un balance en detalle, dado que el plazo máximo para presentar ideas es este jueves 13 de junio.
Cabe recordar que las propuestas deben enviarse completando un formulario (Descargar formulario de observaciones) a la dirección de correo: GeneracionCiudadana@minenergia.cl
PMGDs, otro tema en debate
Por otra parte, el próximo lunes es el último que día para presentar propuestas el y observaciones a la modificación del plan de PMGDs que ya difundieron las autoridades del Ministerio de Energía.
Se hace referencia al proceso de modificación del DS244/2005 actualmente en curso, que involucra cambios en el precio estabilizado.
Por este motivo, el Ministerio de Energía ha ampliado el plazo para la emisión de observaciones hasta el día lunes 17 de junio. El correo de destino para las observaciones es reglamentoDS244@minenergia.cl
Cabe recordar que los PMGDs son proyectos que se instalaron en Chile, menores o iguales a 9MW, conectados a red de empresa de distribución o a instalaciones pertenecientes a un sistema nacional, zonal o dedicada.
En su momento, el pago de la energía bajo esta modalidad se gestó como un mecanismo para permitir el desarrollo de proyectos beneficiosos para el sistema que enfrentan dificultades para acceder al mercado de contratos.
Como diagnóstico tras varios años de aplicación, el Ministerio entiende que “el mecanismo actual puede no ser reactivo a los niveles de oferta y demanda del mercado de generación en la dimensión temporal y espacial”.
En tanto, el Gobierno elaboró una propuesta de mediano plazo:
- Mantener un mecanismo de estabilización de precios
- Perfeccionar la resolución temporal de Precio Básico de la Energía, definiendo bloques horarios para su determinación
- Bloques horarios deben representar el comportamiento operativo del sistema, diferenciando por ejemplo bloques noche, día y punta
- Se mantiene la metodología de ajuste de banda, y dicho ajuste se aplica a cada uno de los bloques para cada barra del sistema.
- Se propone mantener como referencia para el ajuste de banda el Precio Medio de Mercado utilizado actualmente.
- Una alternativa a analizar es utilizar como referencia un Precio Medio de Mercado determinado a partir de los contratos de clientes libres.
Pero en lo urgente, elaboró una solución transitoria que preocupa a los renovables:
- PMG/PMGD conectados y aquellos que hayan sido declarados en construcción hasta diciembre de 2019, se podrán mantener en el régimen de precio estabilizado actual por un período de 12 años a partir de la dictación del reglamento.
- Los proyectos antes mencionados podrán cambiarse al nuevo régimen de estabilización de precio antes del período de 12 años. En dicho caso, no podrán volver al régimen antiguo.
- Finalizado el período de 12 años, todos los proyectos podrán optar al nuevo régimen de estabilización de precios o a costo marginal.
Es bueno leer sobre temas complejos con visión imparcial