A través de la Resolución 202, el Ministerio de Energía habilitó a los titulares de contratos celebrados a partir de las resoluciones 712/09 y 108/11 de la ex Secretaría de Energía a rubricar nuevos PPA, siempre y cuando los proyectos hubieran iniciado las obras.
Luego de varias idas y vueltas, ayer se avanzó con algunos de estos emprendimientos:
- Dos parques eólicos que había ganado IMPSA en Chubut: “Malaspina I”, de 50 MW de potencia, y “koluel Kaike II”, de 25 MW.
- El parque eólico que proyectó Genneia en Puerto Madryn, Chubut , denominado “Madryn I y II”, dividido en sus dos etapas por un total de 220 MW.
- La española Isolux firmó contratos por los parques “Loma Blanca I, II y III”, por 150 MW en total.
Estuvieron presentes en el acto administrativo representantes de la Compañía Administradora del Mercado Eléctrico (CAMMESA), de las empresas y del Ministerio de Energía y Minería.
Fórmula 202
Según el Artículo 7° de la Resolución 202 “el precio a abonar por la energía eléctrica abastecida en el marco de los Contratos de Abastecimiento MEM a partir de Fuentes Renovables a suscribirse conforme lo establecido en la presente resolución, se define según lo siguiente:
1) Para los contratos celebrados respecto de los proyectos de generación alcanzados por el Artículo 4°, el precio a aplicar para abonar la energía eléctrica producida por la central correspondiente surgirá de la siguiente ecuación:
P = 1/3 * 85 + 2/3 * PMA
Dónde:
“P” es el precio de la energía eléctrica generada por la Central de Generación, expresado en dólares estadounidenses por megavatio hora (US$/MWh).
“PMA” es el precio más alto de las ofertas de generación de origen eólico que resulten adjudicadas en la Convocatoria Abierta Nacional e Internacional para la contratación en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de energía eléctrica de fuentes renovables de generación —el Programa RenovAr (Ronda 1)—, convocada por la Resolución MEyM N° 136 E/2016, en los corredores PATAGONIA y COMAHUE —definidos en el Anexo 3 del Pliego de Bases y Condiciones de la citada Convocatoria Abierta— con un valor mínimo de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA Y CINCO por megavatio hora (US$65/MWh).
Ronda 1.5 del RenovAr
Según informan fuentes del mercado a Energía Estratégica, a través del lanzamiento de una resolución técnica que será publicada en el boletín oficial, el Gobierno extenderá el plazo para la firma de contratos de compra de energía (PPA) de 14 proyectos que fueron adjudicados durante la Ronda 1.5 del Programa “RenovAr”.
Seis de ellos corresponden a parques eólicos y ocho a parques solares. En suma, los emprendimientos totalizan casi 700 MW, lo que representa el 54 por ciento de la potencia adjudicada en la subasta.
«…siempre y cuando los proyectos hubieran iniciado las obras.»
Que raro! Los Loma Blanca I, II y III, hasta donde sé, no habian iniciado las obras.
De todos, el mas avanzado creo que es el Malaspina que entiendo que habian llegado a poner algunas bases.
Estimado Rolo, está bien la observación que haces. El texto de la Resolución 202/2016 dice otra cosa diferente a lo que entendió el autor del artículo:
«Que a los efectos de satisfacer el primero de los objetivos establecido en la Ley N° 26.190, modificada por la Ley N° 27.191, en el plazo fijado, se entiende conveniente disponer los mecanismos que, en dicho marco, permitan agregar la participación de proyectos de generación involucrados en las resoluciones citadas previamente que no se han concretado, teniendo en cuenta que disponen de diseños totalmente desarrollados, de las autorizaciones y habilitaciones pertinentes, tanto ambientales como de participación en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), y/o que sus obras se encuentran en un estado de ejecución tal que permitirían alcanzar más prontamente tales objetivos.»
Cuando habla de Resoluciones citadas se refiere a las 712/09 y 108/11 de la ex Secretaría de Energía.