23 de febrero 2021

Se evalúa la concesión de terrenos para cuatro proyectos solares fotovoltaicos en Colombia

Se trata de emprendimientos ubicados al norte del país. En suma, las iniciativas alcanzan los 220 MW.


A través de distintos proyectos de resolución, el Ministerio de Minas y Energía de Colombia promueve la concesión de terrenos para la construcción de cuatro parques solares fotovoltaicos.

Las propuestas, que en conjunto totalizan 220 MW, se encuentran en consulta pública.

Por un lado, el Gobierno declara como “de utilidad pública e interés social el Parque Fotovoltaico Jumi, de 99 MW, localizado en el municipio de Galapa, en el departamento de Atlántico, así como los terrenos necesarios para su construcción y protección, en un área total de 34,9 hectáreas, conforme con los términos y el cumplimiento de las condiciones fijadas por las autoridades ambientales competentes”.

Hasta este viernes 26 de febrero la cartera de energía admitirá observaciones, comentarios y propuestas al referido proyecto de resolución.

Lo mismo se está promoviendo para el proyecto solar PN1, de 99MW. La planta se emplazaría en el municipio de Arjona, departamento de Bolívar, sobre 32,56 hectáreas. Los comentarios sobre este emprendimiento se recibirán hasta el 6 de marzo próximo.

Asimismo, bajo la misma modalidad, el Gobierno promueve la “construcción y protección” de dos parques fotovoltaicos más, ambos de 9,9 MW.

Se trata, por un lado, de la central CRLI, localizada en el municipio de Malambo, departamento de Atlántico, sobre un área total de 39.6 hectáreas.

Y, por otro lado, del parque solar OLD-T, a ubicarse sobre 51,4 hectáreas del municipio de Toluviejo, departamento de Sucre.

Ambos proyectos podrán recibir observaciones, comentarios y propuestas hasta el 6 de marzo próximo.

Para los cuatro casos, el Ministerio de Minas y Energía señala que en el proyecto de resolución que la empresa propietaria de los respectivos emprendimientos tendrán una primera opción de compra de todos los predios comprendidos para su construcción.

La compra será “por un término que no superará dos (2) años, no encontrándose obligado a reconocer las adiciones, reformas, reconstrucciones o mejoras permanentes que se efectuaren a los inmuebles con posterioridad a la fecha de la presente declaratoria”, aclaran todos los proyectos de resolución.

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