¿Qué expectativas genera la sanción de la nueva ley?
Tenemos en el país casi veinte años de política pública para promover las energías renovables no convencionales (ERNC) que, duro es reconocerlo, no ha obtenido mayores resultados. Durante ese período apenas se han instalado 250 MW de energía eólica y solar, menos del uno por ciento de nuestro sistema eléctrico y un uno o dos por ciento de lo que se ha instalado en Latinoamérica en ERNC. Y ello a un costo alto para el país.
El H. Congreso de la Nación aprobó una nueva ley de promoción de las ERNC que parece agregar un nuevo parche más a esta política, sin buscar ordenar una temática que tanto lo precisa. La esencia de la nueva norma parece centrarse en que la falta de financiamiento externo que tiene el país y sus proyectos, los problemas patrimoniales de Cammesa y el pecado original de ENARSA se solucionan exigiendo a los grandes consumidores, y solo a ellos, que garanticen con su patrimonio los nuevos proyectos.
Así teníamos con las dos primeras leyes de ERNC, inocuas, un sistema parecido a un feed in tariff, lo cual es muy difícil de aplicar en el país, tal como lo explico en mi libro “Energías Renovables en Argentina. Una propuesta para su desarrollo”. Después se hizo una licitación, Genren, que si bien es el sistema que se está imponiendo en el mundo, en el país, amén de los precios altísimos ofertados, no tuvo casi ningún éxito. Pues se hizo basado en decretos y resoluciones, sin mayor atención a la norma legal, y al mismo tiempo que el país sufría default, cepo cambiario, inestabilidad jurídica, inflación y falsificación de la estadística, que hicieron imposible obtener financiamiento externo.
La nueva ley recién aprobada cambia una vez más la forma de promoción, convirtiéndola en un sistema de cupos, que se les exige, sin explicar la razón, solo a los grandes consumidores, se reitera. Sistema este que se usa en pocos países y mucho más organizados que el nuestro, Chile entre ellos, donde se exige su cumplimiento a toda la demanda.
Teniendo en cuenta esta experiencia ¿esta vez se podrán alcanzar los objetivos?
El nombre de la nueva ley no se ajusta a su objetivo ya que con ella solo la energía eólica, y eventualmente la solar, serían promovidas, y no las renovables en general como pretende su título. Así al fomentar solo la energía eólica se desvirtúa el objetivo que caracteriza a este tipo de leyes “que es precisamente aprovechar la reducción futura de los costos de cada una de las tecnologías, sin que el Estado decida de antemano la ganadora. Ya que el tiempo puede convertir en un error estratégico mayúsculo lo que ahora puede parecer una evidencia. De esta forma el “proyecto” también discrimina en contra de las áreas que tienen diferentes recursos, otros que el eólico…”.
¿Y cómo debería haberse instrumentado?
Se sugiere que la reglamentación acentúe el potencial que existe para buscar acuerdos, voluntarios, entre privados, y que diluya al máximo las exigencias a empresas cuyas necesidades patrimoniales están atadas a su actividad específica, que puede estar muy alejada de la generación eléctrica.
¿No podemos hacer mejor? Sigo creyendo que sí……… Y “el hecho de haber malogrado ya varias iniciativas nos obliga a ser mucho más cautelosos para evitar otro fracaso, que tanto frustraría esta causa, las ERNC”, cuya necesidad de promoción tanto compartimos.
Y todos deberíamos trabajar para que el país cuente con un marco legal sólido para todas las energías renovables; una institución rectora eficaz y eficiente; un apoyo genuino al financiamiento de los proyectos; un sistema de adquisición de energía que asegure transparencia, los mejores precios y el cumplimiento de los contratos; soluciones técnicas apropiadas; procesos administrativos previsibles; ventajas fiscales realistas; metas posibles; política industrial adecuada; etc.
Sres.Energia Estrategica:
Les solicito informacionactualizada y disponible.
Muchas gracias
Ana Lia
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Ing.Agr. Ana Lia Palma