La experiencia internacional respalda aumentar el límite de generadores exentos a 1 MW en México

La legislación de más de cinco países latinoamericanos sirvió de referencia para la reciente iniciativa de decreto que busca incrementar la capacidad de las centrales eléctricas que no requieren permiso del regulador para conectarse en el SEN mexicano.

La Ley de la Industria Eléctrica (LEI) en su artículo 17 establece que “las centrales eléctricas con capacidad mayor o igual a 0.5 MW y las centrales eléctricas de cualquier tamaño representadas por un generador en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) requieren permiso otorgado por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para generar energía eléctrica en el territorio nacional”.

La reciente iniciativa de decreto presentada por el diputado Hernán Salinas Wolberg el pasado 6 de febrero en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión propone elevar aquel límite a 1 MW.

Entre los motivos que allí se exponen, destaca la necesidad de “ampliar el rango de acción para que centrales eléctricas de Generación Distribuida reduzcan la cantidad de trámites y faciliten su gestión para su incorporación al sistema eléctrico y en consecuencia sean más accesibles”.

De allí, trae a consideración analizar legislación análoga en otros países y ciudades de la región y otros referentes mundiales como California y Reino Unido. Siguiendo lo expuesto por la iniciativa citada, en Latinoamérica serían tomados como ejemplo los limites exentos en Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Guatemala y Honduras. 

Gráfico: «Experiencia internacional» Fuente: Iniciativa del diputado Hernán Salinas Wolberg

Como consecuencia del incremento a 1 MW, la iniciativa mexicana además “busca duplicar el número de generadores exentos y en consecuencia de los sistemas de generación distribuida, así como los beneficios propios que el esquema plantea y de esta forma también alcanzar la tercera etapa de integración de Generación Distribuida, caracterizada por una alta penetración de Generación Distribuida, acompañada de Políticas para crear mercados de energía a nivel distribución para transacciones multilaterales”.

Sobre aquello han coincidido gremios como la Asociación Mexicana de Energía Solar (ASOLMEX) –en gran medida, impulsora de que esta idea vea la luz–, la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) y otras.

En el caso de ASOLMEX, sus referentes advierten que esta propuesta está orientada para que la Generación Solar Distribuida (GSD) tenga una mayor penetración; lo cual sería posible ya que las Redes Generales de Distribución en México podrían recibir hasta 28000 MW de GSD. 

Aquello levanta la expectativa de aumento de la demanda. Ya que, como advierten desde COPARMEX, se podrán dar soluciones casi inmediatas a clientes que requieran más de 500 kW. Restará saber qué nuevos modelos de negocios se podrán explorar a partir de un eventual aumento del límite de generadores exentos a 1 MW.

Por lo pronto, la iniciativa “Que reforma el artículo 17 de la Ley de la Industria Eléctrica” ya avanzó a la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados y está pendiente de dictamen (ver: estado del asunto legislativo).

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