La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) presentó su Propuesta de Metodología Tarifaria derivada de la Ley No. 10086 para la Promoción y regulación de recursos energéticos distribuidos a partir de fuentes renovables.
En una Sesión Explicativa llevada a cabo el día de ayer, 5 de enero del 2023, referentes del ente regulador energético explicaron cómo es plantean que se pueda determinar la fijación de los cargos de interconexión a las redes de distribución, tarifa de acceso a las redes, compraventa de excedentes y tarifa T-DER (vinculados a los costos de las distribuidoras para integrar estos recursos al sistema).
Dependiendo el tipo de tarifa, se tendrá un método de cálculo específico que repercutirá a propietarios con un tipo u otro de sistema generación o almacenamiento energético dentro de todo el territorio nacional.
En líneas generales, se introdujo que como fórmula para el caso del método de cálculo de la tarifa de interconexión se contemplarán los costos asociados a recurso humano, tecnológico y transporte para la etapa de solicitud de interconexión, estudios de ingeniería e inspección inicial, inspección final y puesta en marcha, reinspección – en caso de que aplique-.
Aquello no sería todo, ni tan simple cuando se analizan los ejemplos para la tarifa de acceso. En tal sentido, se adelantó que se aplicará como un cargo adicional a los servicios con generación distribuida y su método de cálculo -que se aplicará a los abonados productores- se deberá calcular para cada una de las empresas distribuidoras de energía eléctrica del SEN en forma individual, según sus propios costos. Ahora bien, hasta que no se aplique el nuevo modelo de cálculo, se comunicó que los abonados podrán mantener la última tarifa fijada por la Intendencia de Energía.
Para la compraventa de energía y reconocimiento económico producto de la generación distribuida para autoconsumo, se aclaró que las fijaciones tarifarias se realizarán a todas las empresas distribuidoras, consignando un pliego tarifario complementario.
Para esos efectos, la ARESEP propone definir esta tarifa como el precio compraventa de energía por periodo horario y estacional entre empresas distribuidoras, así como entre las empresas distribuidoras y el generador distribuido.
Finalmente, la tarifa T-DER se plantea como el monto que las empresas eléctricas distribuidoras cobrarán mensualmente a los propietarios de recursos energéticos distribuidos por cada kW instalado. Y se puntualiza que dicha tarifa se aprobaría anualmente para todas las distribuidoras, preferentemente junto con las tarifas del sistema de distribución para minimizar la posibilidad de que se dupliquen costos o inversiones.
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