Con base en las disposiciones del capítulo VII de la Resolución CREG 075 de 2021, la CREG publica los formatos que deberán ser utilizados por los operadores de red (OR) y los usuarios interesados en conectarse o modificar su conexión a los Sistemas de Distribución Local del Sistema Interconectado Nacional.
Los OR podrán realizar adaptaciones de forma a estos formatos, pero no de contenido. Estos formatos podrán ser implementados a través de los diferentes medios que ofrezca el OR para la realización del trámite.
Tanto los formatos como el documento “Guía sobre formatos de solicitudes conexión de proyectos clase 2” –VER-que se publicaron junto a esta circular deberán encontrarse disponibles para consulta general y permanente en el sistema de información digital que debe tener dispuesto el OR, de que trata el artículo 41 de la Resolución CREG 075 de 2021.
Los OR tendrán un plazo de seis meses a partir de la publicación de la presente circular para realizar las acciones necesarias para la implementación de estos formatos –VER FORMATOS DE SOLICITUD DE CONEXIÓN-.
Cabe recordar que la entidad recibió 115 comentarios sobre la Circular CREG 076 de 2022, a las que se le dio respuestas –VER-.
Guía sobre formatos de solicitudes de conexión de proyectos clase 2:
Se trata de la conexión de nuevos proyectos o modificación de conexiones existentes en sistemas de distribución de energía eléctrica inferiores a 57,5 kV.
La regulación para la conexión de nuevos proyectos de usuarios finales o la modificación de instalaciones eléctricas existentes, en sistemas que operan a voltajes inferiores a los 57,5 kV, se establece en la Resolución CREG 075 de 2021. Estos proyectos se denominan en la regulación como “Proyectos Clase 2” y el término “asignación de capacidad de transporte” se refiere a la aprobación de la conexión de una cantidad específica de carga en determinado punto.
En cumplimiento de lo establecido en el capítulo VII de la Resolución CREG 075 de 2021 la CREG define los requisitos y formatos que deben utilizar a nivel nacional los Operadores de Red, OR, para el análisis y aprobación de las solicitudes de asignación de capacidad de transporte en los Sistemas de Distribución Local.
Para el proceso de conexión o de modificación de proyectos clase 2 tanto los OR como los usuarios finales deben cumplir las disposiciones establecidas en la Resolución CREG 075 de 2021. Con respecto a exigencias técnicas debe observarse lo establecido en la Resolución CREG 070 de 1998, o la que la modifique o sustituya, las normas técnicas establecidas mediante el Reglamento de Instalaciones Eléctricas, RETIE, y las reglas y especificaciones técnicas exigidas por el respectivo OR.
Adicional a las reglas y normas antes mencionadas, debe tenerse en cuenta la regulación establecida en las resoluciones CREG 225 de 1995, 108 de 1997, 038 de 2014, 015 de 2018, entre otras.
Los formatos e información definida para el proceso de conexión son resultado del análisis hecho por la Comisión considerando la información solicitada mediante las circulares CREG 059 de 2020 y 046 de 2021, la propuesta elaborada por el Consejo Nacional de Operación, el informe publicado mediante la Circular CREG 073 de 2021, el taller virtual realizado el día 5 de noviembre de 2021 y los comentarios a la Circular CREG 076 de 2022.
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