Sebastián Kind, Director de la Maestría en Energías Renovables de la Universidad Tecnológica Nacional fue parte del equipo encargado de llevar adelante la iniciativa del proyecto de ley presentado por Marcelo Guinle, el senador del Frente para la Victoria por Chubut que entendió la necesidad de actualizar con urgencia la ley 26.190, para promover en forma efectiva la generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables.
En diálogo con este medio, Kind expuso los puntos principales del texto que llegaría al congreso en las próximas semanas con importantes posibilidades de convertirse en ley.
El corazón del proyecto se mantiene intacto: generar las condiciones necesarias para que se alcance la meta fijada en la Ley N° 26.190 de alcanzar un 8 por ciento de aporte de las fuentes alternativas en la matriz eléctrica al año 2016, así como establecer una nueva meta del 20 por ciento al año 2025.
Uno de los aspectos destacados tiene que ver con los mecanismos que conformarían un fondo fiduciario que tendría como objetivo respaldar la financiación de los proyectos de inversión:
- Destinar un mínimo del 50 por ciento del ahorro efectivo en combustibles líquidos causado por las energías renovables (se calcula que las energías renovables ahorrarían al fisco 41.000 millones de dólares hasta el año 2025)
- Cargos específicos a la demanda
- Emisión de títulos o instrumentos de deuda
“El 50 por ciento del ahorro en la importación de hidrocarburos que genera un parque eólico de 100 MW en tan solo 4 años alcanza para financiar el 70 por ciento del costo total de la inversión de un nuevo parque eólico de 50 MW, es decir, el 100 por ciento de las necesidades financieras de deuda bajo esquemas tradicionales de financiamiento”, ejemplifica Kind.
Se estima que en 2025 la industria de la energía renovable estaría en condiciones de aportar 36 TWh, lo que representa el 20 por ciento de la demanda proyectada. Su potencia equivalente es de 8.900 MW con un Factor de Capacidad promedio estimado del 42 por ciento entre todas las tecnologías.
Otro aspecto central radica en establecer una obligación con penalidad en cabeza de los grandes usuarios de energía eléctrica –particularmente en aquellos que tienen un consumo igual o superior a 300 kW– para el cumplimiento individual de las metas de consumo de energías renovables que fija la ley.
Con esta medida se pretende que se contraten volúmenes de energía directamente en el mercado ya sea con generadores de energías renovables independientes, a través de comercializadores o por medio de la ejecución de proyectos propios.
La confiabilidad en el cumplimiento de los contratos permitirá obtener financiamiento a un costo más bajo y a plazos lógicos según la naturaleza del negocio, subrayan los propulsores.
Kind destaca que en oportunidades anteriores el PRO, UNEN, representantes del oficialismo, de la UCR, Proyecto Sur y otras fuerzas políticas dieron el visto bueno a la propuesta de Guinle manifestando públicamente su apoyo a tan noble iniciativa.
Para esta última etapa espera igual valoración, ya que contaría además con apoyo del Poder Ejecutivo. “El proyecto tendrá tratamiento en el Congreso durante este año”, confirmó a Energía Estratégica.
En cuanto al mecanismo de promoción fiscal, el nuevo texto propone:
a) Amortización acelerada del impuesto a las ganancias, a lo que se suma:
b) Devolución anticipada del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
c) Exención del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.
d) Certificado Fiscal por el 20 % del componente nacional siempre que se integre un mínimo del 30%.
e) Exención del impuesto sobre la distribución de dividendos (10%) ante la reinversión de utilidades.
f) Exención de los derechos de importación para bienes de capital y equipos hasta 2017.
g) No aplicación de tributos específicos, regalías nacionales, provinciales y municipales durante el régimen de fomento.
h) Traslado de posibles aumentos fiscales a los precios de los contratos.
Otros puntos de interés
i) Tratamiento para el despacho como central hidroeléctrica de pasada, lo que brinda prioridad de despacho a los proyectos.
j) Aporte de la reserva de potencia soportado por todo el sistema.
k) Límite de 113 us$/MWh promedio al precio de los contratos suscriptos por los Grandes Usuarios (muy inferior a la penalidad de 200 us$/MWh).
l) Prioridad de acceso al financiamiento público (FODER) a proyectos con mayor integración de componente nacional.
Que mención tiene el BIOGAS en este proyecto?
Que concepto tiene en Congreso de esta tecnología?
Por qué siendo la misma una opción no solo de generación de energía sino también de saneamiento (de RSU, de agroindustrias, de efluentes agrícolas, de cultivos energéticos, etc) no tiene su debido espacio e impulso?
Gracias si pueden consultar estas sugerencias!