7 de mayo 2019

Aconsejan adecuarse a una normativa para evitar el nuevo impuesto del Gobierno para la importación de bienes de capital renovables

Ayer el Ministerio de Hacienda subió la Tasa Estadística al 2,5 por ciento para lograr “equilibrar las cuentas públicas”. La decisión repercute en los emprendimientos de energías renovables, dado que se trata de capital intensivo. Para el consultor Gustavo Gil, será conveniente adecuarse al régimen de la Resolución 256. ¿Qué exigencias plantea?


Guido Gubinelli

Por

guido.gubinelli@energiaestrategica.com

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A través del Decreto 332/2019, el Ministerio que encabeza Nicolás Dujovne dispuso un aumento de la ‘tasa de estadística’ del 2,5 por ciento.

Desde 1998 que este impuesto a la importación estaba fijado en 0,5 por ciento. Pero, con el objeto de “equilibrar las cuentas públicas”, la cartera decidió quintuplicar la alícuota hasta el último día de este año.

Al respecto, en contacto con Energía Estratégica ArgentinaGustavo Gil, referente de la consultora Goes Green, analiza: “entiendo que esta medida va a afectar a la mayoría de los proyectos de energías renovables que importan a través del Decreto 814/2017, porque la exención del tributo de Tasa Estadística  estaba otorgada por el capítulo VI de la Ley 27.191, pero había vencido el conjunto de beneficios el 31de diciembre del 2017 y no fue incorporada la extensión de este beneficio al precitado Decreto”.

Ahora, para continuar percibiendo los beneficios aduaneros, el ex Director de Energías Renovables del INTI comenta que buena parte de los proyectos podrían encuadrarse bajo el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de Grandes Proyectos de Inversión (resolución ME 256/00).

Lea también: «Energías Renovables: el INTI ya verificó más de mil productos nacionales mediante el ReProER»

Se trata de una de las opciones más utilizadas por la industria en general. Funciona para una nueva planta industrial o una ampliación de la capacidad productiva existente y permite eximir el derecho de importación y la tasa de estadística en un 0 por ciento sobre los bienes integrantes de una línea de producción completa y autónoma, y hasta un 5 por ciento de repuestos.

Pero, indica Gil, la mayor de sus exigencias es que los emprendimientos deban utilizar equipamientos de origen local por un monto igual o superior al 20% del valor de los bienes importados, además para determinadas tecnologías de generación con fuentes renovables se requiere la previa declaración  como ‘proyecto crítico’, requisitos que podrían condicionar el encuadramiento de una central de energías renovables.

Es decir, indirectamente la medida podría fomentar el desarrollo de la industria local, sobre todo teniendo el impacto de esa suba de la tasa de estadística, ahora en el orden del 2,5 por ciento.

Es que de acuerdo a cálculos de Gil, el CAPEX electromecánico para un proyecto eólico con un 85 por ciento de bienes importados ronda en los 700 mil dólares por MW lo que supone un impacto estimado de hasta 17.000 dólares por MW.

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